CONCENTRACIÓ AVUI DIMARTS 17 DE MARÇ A LES 20.00 HORES A LA PLAÇA SANT JAUME
SI ENS TOQUEN A UNA, ENS TOQUEN A TOTES!!!!!!!!!
PROU REPRESSIÓ
El Tribunal Supremoha anulado la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en la que absolvió a 19 de los 20 acusados del asedio al Parlament en el 2011y condena a ocho de ellos a tres años de prisión por un delito contra las instituciones del Estado.
La sentencia ha sido finalmente redactada por el presidente de la sala penal, Manuel Marchena, después de que el ponente de la misma, Perfecto Andrés Ibañez, defendiera la confirmación de la sentencia de la Audiencia Nacional.
El alto tribunal analiza en su resolución la interpretación que llevó a la Audiencia Nacional a absolver a los acusados, es decir, la colisión de dos derechos fundamentales: la libertad de expresión y elderecho de reunión. Para el Supremo, sus colegas se equivocaron al solucionar este conflicto puesto que esos dos derechos "colisionaban con el derecho de participación de los ciudadanos a través de sus legítimos representantes en el órgano legislativo".
El Supremo establece que delimitar y precisar el significado de estos derechos y, por tanto, "exige resolver las tensiones derivadas de su respectiva convergencia mediante una dosificación que, en la medida de lo posible no imponga el sacrificio gratuito de unos frente a otros".
ELEMENTOS NEUTRALIZANTES
El alto tribunal entiende que la sentencia ahora anulada "altera las claves constitucionales que han de presidir la tarea jurisdiccional de ponderación. Y lo hace recurriendo a una errónea y traumática desjerarquizacion de uno de los derechos convergentes, el derecho constitucional de participación política a través de los legítimos representantes en el órgano legislativo".
