Ante todo, queremos dejar claro que la Huelga es un derecho constitucional, y por lo tanto, cada uno hace uso o no de ese derecho.
Son completamente ilegales las coacciones, las represalias posteriores a la huelga y el esquirolaje, penadas por ley, de hecho, es precisamente en un día de Huelga General cuando más protegido está el trabajador que efectúa su derecho a Huelga.
Sí está permitido el piquete informativo y su intento pacífico de convencer a las compañeras/os de la importancia de la Huelga y su secundación.
Para que se hace una Huelga General.
La huelga está destinada a paralizar las Empresas y por tanto el País en general, para protestar, en este caso, por la Reforma Laboral. Se trata de que la ausencia de nuestro trabajo tenga consecuencias en sus negocios. ¿No somos tan prescindibles para ellos?, ¿no nos tratan como basura o despiden a la primera oportunidad?
Así pues, la Empresa debe tener una producción parecida a la que se tendría un Domingo o festivo (mínima o ninguna en según que empresas).
Que pasa si hago Huelga.
Las horas no trabajadas no son recuperables, pero no se cobra ese día, es decir, se debe descontar la parte proporcional de ese día, de la antigüedad, prorratas de pagas extras de verano y Navidad, nocturnidad si la hubiere y descontar los pluses de transporte o distancia. También debemos saber que nuestro contrato no se anula pero queda en suspenso ese día con “Carácter especial”, por lo que ese día no cotizamos a la Seguridad Social.
En algunas empresas se hacen cajas de resistencia. Los trabajadores de mínimos recogen dinero para la gente que está de huelga, así no es tan costoso y se fomenta el compañerismo entre trabajadores comprometidos, aunque en los tiempos individualistas y egoístas en los que vivimos, esto se está convirtiendo cada vez más, por desgracia, en una utopía.
Vale, hago huelga.
Una vez cada uno decide libremente hacer huelga la hace porque no está conforme con la Reforma Laboral, por lo tanto es una persona comprometida, por lo que el sentido común dice que, ya que nos descuentan ese día, que sirva para algo.
Se debería acudir a apoyar a las compañeras/os en la Empresa y/o acudir a los diferentes actos que están programados en la ciudad. Si todo el mundo hace huelga y no se moviliza, la Huelga será incompleta.
NOTA: Las compañeras/os que hagan huelga y acudan a reivindicarse no tienen permitido el acceso a la Empresa, no así el Comité de Huelga.
¿Cual es el proceso a seguir?
Se debe esperar a que la Generalitat edite en el DOGC el Real Decreto de Servicios Mínimos, que los pactan los sindicatos mayoritarios y el Gobierno Estatal o Autonómico, previstos en un principio para el pasado Viernes 23. Mientras, se puede ir confeccionando el Comité de Huelga, que puede estar formado por hasta 12 trabajadores/as de la Empresa.
Conocidos los servicios mínimos, se reúne el Comité de Huelga con la Empresa para que fije el personal que estará de mínimos. Esto significa que esa persona está obligada a ir a trabajar aunque quiera hacer huelga.
El personal que no esté de Servicios Mínimos NO está obligado a decir si hará huelga o no, ni a la Empresa ni a los sindicatos, es decir, quien esté libre de servicios mínimos se considera que avisa cuando no se presenta a trabajar (de hecho la Empresa no cuenta con ellos y si vienen mejor), aunque por parte del Comité de Huelga se puede hacer un tanteo de cada servicio (no de cada persona), para saber si la huelga va a ser secundada en el centro de trabajo o no.
La ley dice que solo deben funcionar los servicios de urgencia para la población, como policía, bomberos, ambulancias y los servicios urgentes de los hospitales, como urgencias, UCI, servicios de diálisis, quirófanos, etc, pero siempre con carácter urgente, no para programaciones rutinarias.
Llegado el día de la huelga, el Comité de Huelga debe velar por que se cumplan los servicios mínimos y no haya esquirolaje ni coacciones de ningún tipo. De ser así se procedería a interponer denuncia.
La Huelga comienza oficialmente finalizando la noche del día 28 a las 00:00h y termina finalizando la noche del día 29 a las 00:00h.
En empresas con horarios superpuestos a los de la Huelga, este horario se corre para evitar que el personal se vaya a mitad de horario o se tenga que reincorporar a mitad de horario según cuadre por turnos.
En el caso de Delfos, los horarios de la huelga se preveen que serán de 20:00h del día 28 a 20:00 del día 29. serán los normales de un Jueves no festivo.
Y la Huelga ¿Servirá para algo?
Creemos que esta Huelga se debería haber hecho antes de la aprobación por Decreto Ley de la Reforma Laboral, y además creemos que debería ser de más de un día como medida de presión.
Todo lo que hemos conseguido como trabajadores/as nunca se nos ha regalado. Desde el esclavismo del s.XIX cualquier mejora ha sido arrancada mediante movilizaciones y lucha de los trabajadores en diferentes países.
En todo este tiempo hemos parado también innumerables agresiones mediante nuestra movilización. A veces no es suficiente y no hay garantía asegurada de victoria porque el contrario es muy poderoso, pero podemos tener algo muy claro: Si no luchamos, nos machacan hoy y nos aplastarán mañana.
No haciendo nada compramos sumisión, miedo y explotación salvaje que está haciendo que volvamos a pasos agigantados a ese esclavismo del siglo XIX, cada vez más cercano.