PLUS DISTANCIA
Después del revuelo que se ha armado con el plus de distancia, (nos pasa por no leernos el convenio), se detalla como se abonará según artículo 23 del convenio.
Se tratará de manera diferenciada al personal que trabaja a diario y al personal de semana corta/semana larga.
DIARIO
- Zona 1: Se hará efectivo el abono de la T50/30
- Resto de zonas: Se hará efectivo el abono de la T-Mes.
SEMANA CORTA / LARGA
- Se aplica el importe de tres T-10 mensuales con el importe correspondiente a la Zona que corresponda.
Si hubieran excepciones no recogidas en los casos anteriores se tratarían de manera personal con RR.HH. Quien ya lo cobraba se les aplicará la misma norma, actualizando importes.
Esperemos que cosas como esta no se vuelvan a repetir, y si se repiten, seamos inteligentes y nos demos cuenta. Pero para eso debemos conocer nuestro convenio y mirarnos con cariño la nómina a final de mes.